NORMAS DIOCESANAS RELACIONADAS CON LA ADMINISTRACION
DE BIENES
Diócesis de Fresno, Publicado el 26 de enero de 2006
1.
Consejo Parroquial de Finanzas (Parish Finance Council)
a)
Cada
parroquia debe tener un consejo de finanzas de acuerdo a lo estipulado en la ley
canónica.
b)
Las normas que dirigen estos consejos se encuentran en el manual del clero
(Clergy Handbook.)
c)
El obispo firmará las actas de las reuniones del consejo de finanzas conjuntamente
con los libros sacramentales, cuando él hace su visita pastoral a las
parroquias.
d)
Una copia de estas normas diocesanas debe ser entregada a cada miembro
del consejo parroquial de finanzas.
2.
Revision de Finanzas
a)
Una revisión financiera diocesana de los libros de finanzas de la
parroquia se debe llevar a cabo cuando el administrador/párroco encargado de la
parroquia es trasladado. Esto incluye la
revisión de los libros de finanzas de la escuela parroquial.
b)
Las revisiones de las finanzas se debe hacer durante el transcurso del
año, al azar, o en cualquier momento que el obispo determine que esta revisión
es necesaria para una determinada parroquia.
c)
La parroquia se responsabilizará de pagar los costos de la revisión de
las finanzas.
d)
Si el Obispo considera necesario, se llevará a cabo una auditoria en
lugar de una revisión financiera.
3.
Gastos Personales
a)
El manual
del clero (Clergy Handbook) específica claramente los artículos que deben ser
reembolsados por la parroquia. Por el
bien de la responsabilidad, el párroco determinará conjuntamente con los
miembros del consejo parroquial de finanzas, los gastos de la casa que son reembolsables
al párroco.
b)
Los fondos de la parroquia nunca deben ser usados para gastos personales
del párroco. A continuación se detallan
ejemplos de gastos personales por el cual el párroco (no la parroquia) es
personalmente responsable (la lista no es minuciosa):
i.
Los gastos (incluyendo los gastos de mantenimiento) de un miembro
familiar del párroco que vive en la rectoría (con el permiso del obispo).
ii.
Servicio de cable de televisión nivel básico, es decir, cualquier
servicio o programación de nivel básico decidido por el párroco para todos los
sacerdotes, en consulta con el consejo parroquial de finanzas.
iii.
Los párrocos son responsables personalmente por los gastos de
mantenimiento que no están relacionados directamente con su ministerio. Estos incluirían, pero no limitado a, costos
asociados con productos de tabaco y alcohol para uso personal (ej., no asociado
con hospitalidad ocasional para fines parroquiales.)
Cualquier
pregunta respecto a que si un artículo es reembolsable, esta pregunta debe
hacerse directamente al director de asuntos financieros de la diócesis o al obispo.
c)
Los fondos de la parroquia nunca deben ser usados para pagar un gasto
personal del párroco. Si los fondos de
la parroquia han sido usados para gastos personales de un párroco, los cuales
son reembolsables de acuerdo a las normas diocesanas, estos fondos deben ser
reembolsados inmediatamente a la parroquia de los fondos personales del
párroco.
d)
Los gastos que son reembolsados por los párrocos, empleados,
voluntarios, seminaristas, etc., deben ser claramente anotados en la solicitud
de cheque, incluyendo todos los recibos.
Este reembolso debería hacerse mensualmente. El consejo parroquial de finanzas debe revisar estas solicitudes
de reembolso.
4.
Tarjetas de Crédito
a)
Las tarjetas
de crédito de la parroquia (no tarjetas de débito) son aceptables, pero
solamente deben ser usados para gastos de la parroquia. Las tarjetas de crédito deben estar a nombre
de la parroquia, no a nombre del párroco.
Solamente el administrador o párroco puede firmar la tarjeta de crédito
de la parroquia. El límite de una
tarjeta de crédito no debe exceder de $2,500.00 dólares. Las tarjetas de crédito deben ser
estrictamente controladas para asegurar de que estas no se extravíen o sean
robadas, o usadas por personas no autorizadas con propósitos no autorizados.
b)
Los recibos de cada gasto que se efectúe deben ser conservados por un
período de cinco años.
c)
La parroquia no debe comprar nada si no tiene el dinero para hacerlo. Las tarjetas de crédito de la parroquia son solamente
para conveniencia. El balance debe ser
pagado mensualmente para evitar cargos financieros excesivos.
d)
Los gastos personales del párroco, por los cuales la parroquia no es
responsable, no deben ser pagados con las tarjetas de crédito de la parroquia.
e)
Un resumen mensual de actividades por el uso de las tarjetas de
crédito debe se reportado regularmente al consejo parroquial de finanzas.
f)
La solicitud de reembolso por gastos con tarjeta de crédito personal
debe ser presentada con los recibos claramente detallados. Esta solicitud debe hacerse mensualmente.
5.
Instrucciones de Contabilidad
a)
Los recibos de los gastos deben conservarse por un período de cinco
años.
b)
Cada artículo, en el libro de contabilidad de la parroquia, debe ser claramente
identificado el propósito del gasto.
c)
Debe usarse una forma estandarizada para ingresos y gastos, excepto
cuando otra opción ha sido aprobada por el director financiero diocesano.
d)
Los reembolsos deben ser claramente definidos e ingresados
apropiadamente para tener así una buena contabilidad financiera de cualquier
asunto particular.
6.
Colecta de Fondos
a)
Para
evitar cualquier apariencia de deshonestidad, la colecta parroquial de las
misas nunca debe dejarse en presencia de una sola persona, desde el momento que
el dinero es colectado hasta cuando se prepara el depósito para el banco. Por lo menos tres personas deberían ser
asignadas para contar el dinero de la colecta.
En esta forma, dos personas estarán siempre presentes hasta cuando el dinero
es preparado para el depósito.
b)
Se deben seguir estrictamente las normas que se encuentran en el manual
del clero (Clergy Handbook) en lo que se refiere a estipendios sacramentales.
c)
La colecta de los domingos debe ser depositada lo más pronto posible;
entretanto, el dinero debe mantenerse en un lugar cerrado y seguro de la
parroquia. Como medida de seguridad
todas las parroquias deberían tener una caja de seguridad para guardar las
colectas y otros dineros. La compañía
de seguros no cubrirá el robo del dinero colectado si éste no ha sido guardado en
una caja de seguridad o lugar seguro.
7.
Reporte Financiero
a)
Las
parroquias deben proveer, en forma regular, un reporte financiero a los
feligreses a través del boletín dominical; así como también, deben proveer un
reporte anual detallado de las finanzas de la parroquia. Una copia del reporte anual debe ser enviado
a la oficina diocesana de finanzas. El
formulario y el programa para estos reportes se hará disponible de acuerdo a
las normas implementadas por la diócesis.
b)
El párroco/administrador
es responsable de enviar lo más pronto posible el reporte financiero mensual a
la oficina diocesana de finanzas.
8.
Inventario
de la Parroquia y Escuela
a)
Las
escuelas y las parroquias deberían implementar un inventario completo de todas
las propiedades, incluyendo fotografías y videos. Estos inventarios deberían ser actualizados cada tres años o
cuando un párroco es trasladado. El
párroco debe firmar el inventario conjuntamente con el presidente del consejo
de finanzas de la parroquia y el director de la escuela.
b)
Cada
párroco de la parroquia debería tener un inventario detallado de toda su
propiedad personal ubicada en las instalaciones de la iglesia/rectoría. Cualquier artículo que no está incluido en
este inventario, se asumirá que es propiedad de la parroquia.
c)
Estos
inventarios deben ser enviados a la oficina del canciller. Las formas con las respectivas
instrucciones se encuentran en el manual del clero (Clergy Handbook).
9.
Otros
Asuntos
a) Por favor vea el libro de administración
de la parroquia (Parish Administration Book) y el manual del clero (Clegry
Handbook.) Todo párroco/administrador
debería familiarizarse con la sección de la ley canónica que concierne con la
administración de bienes. (Código de la Ley Canónica,
Libro V: de los bienes temporales de la Iglesia, Cánones 1254-1310.)
b)
Ningún administrador
o párroco puede gastar más de $10,000.00 dólares sin el permiso específico del obispo.
c)
Ningún administrador
o párroco puede firmar legalmente en nombre de la parroquia un contrato de mantenimiento/construcción
por más de $5,000.00 dólares.
d)
Los padres
u otros familiares del párroco que viven en la rectoría, con permiso del obispo
y con la autorización del consejo de finanzas de la parroquia, el párroco se
responsabilizará de los gastos de mantenimiento que éstos ocasionen, no la
parroquia.